TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 174/96 --------------------------------- ARTICULO 1.- Modifícase el Artículo 3º de la ordenanza 28/96, que ------------ quedar redactado de la siguiente manera: "ARTICULO 3.- Los camiones que transiten sin acoplado deberán ------------- hacerlo fuera del sector delimitado por las calles 22, 11 y 12, incluidas éstas: y calle 21, excluida ésta. Establécese un plazo de noventa (90) días para analizar el funcionamiento de la norma".--------------------------------------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.----- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los catorce días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y seis. FIRMADO: Ingeniero Carlos A. Erreguerena - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.-----------